Con fecha 24 de noviembre de 2008, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid estimó la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 12 de Madrid.

En dicha sentencia dictada a instancias de ABA Abogadas se declaraba que la conducta de la empresa era contraria a los deberes exigidos al empresario en virtud del contrato de trabajo y declaró que la trabajadora había sido objeto de acoso laboral con resultado de menoscabo de su salud psíquica.