El Juzgado de lo Social nº 10 de Madrid dictó sentencia el 05/04/17, en la que estimó íntegramente la demanda de reclamación de cantidad efectuada por una trabajadora que representó ABA Abogadas y condenó solidariamente a cuatro empresas al pago de la cantidad adeudada.

La Magistrada del Juzgado de lo Social acogió los motivos esgrimidos por esta parte y declaró que quedó probada la existencia de un grupo empresarial por varios motivos: por estar las empresas participadas por una de ellas quien actuaba como socio y administrador único, por constar la sede de todas las empresas en el mismo domicilio y por haberse probado la prestación de servicios de la trabajadora para todas las empresas.