El Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Valdemoro, en Sentencia de fecha 24/02/17 deniega la custodia compartida que solicitaba el padre, por considerar que el horario de trabajo nocturno del mismo es incompatible con el desempeño de la custodia. El Juzgado, acogiendo las alegaciones de ABA Abogadas, considera que no resulta beneficioso otorgar la custodia compartida, ya que significaría encomendar los cuidados nocturnos del menor a un tercer familiar, cuando la madre goza de plena disponibilidad en dicho horario.