Con fecha 11 de Julio de 2013, el Juzgado de Primera Instancia nº 90 de Madrid dictó sentencia desestimando íntegramente la demanda formulada por un padre de 73 años, quien a pesar de percibir una pensión de jubilación de casi 1.000 € mensuales y contar con una vivienda en propiedad, reclamaba en concepto de alimentos 700 € mensuales a sus ocho hijos mayores de edad.

La citada sentencia siguiendo todos los argumentos esgrimidos por ABA Abogadas ha determinado que el padre cuenta con ingresos y medios económicos suficientes para atender a sus necesidades básicas de sustento, habitación y vestido, y que lo que se pretendía era completar los ingresos mensuales para no tener estreches económicas, cuando muchos de sus hijos sufrían tales estrecheces al estar desempleados, tener ingresos mínimos o cargas familiares importantes. Concluye el juzgado que no existe situación de necesidad que justifique la imposición del deber de alimentos a los hijos demandados.