El Juzgado de lo Social nº 12 de Madrid dictó Auto de fecha 24 de junio de 2020 en el que homologó el acuerdo alcanzado entre una trabajadora y la empresa. La trabajadora fue despedida tras la declaración del Estado de Alarma como consecuencia del COVID aleganado la empresa fin de obra por la existencia de un contrato temporal.

ABA Abogadas, en nombre y representación de la trabajadora, formuló demanda por despido al entender que la trabajadora era indefinida y que la comunicación de la empresa en realidad era un despido.

La empresa reconoció la improcedencia del despido y abonó a la trabajadora una indemnización de 33 días por año.