En su sentencia de 11 de octubre de 2016, el Juzgado de Primera Instancia nº 80 de Madrid, estimando la contestación a la demanda interpuesta por la madre representada por ABA Abogadas, otorga la guarda y custodia compartida de dos menores de tres y once años de edad solicitada por el padre. Ello a pesar de que el gabinete psicosocial informó a favor de que la madre siguiera ostentándola, en las mismas condiciones establecidas en el auto de medidas provisionales.

Asimismo, limita el derecho de la madre al uso y disfrute del domicilio familiar a un año y medio. Momento a partir de cual podrá procederse a su venta.