Con fecha 3 de febrero de 2011, el Juzgado de Primera Instancia n.º 66 de Madrid estima la solicitud de una madre consistente en que el padre abone el colegio privado del hijo, además de la pensión de alimentos que se encontraba recogida por el convenio regulador. Y ello como consecuencia de que el padre venía haciendo frente al pago de este gasto desde hacía casi cinco años, a pesar de no venir establecido en el citado convenio regulador. La sentencia establece que los actos propios del padre, como lo son la mejora voluntaria del convenio regulador, resultan vinculantes y no pueden ser modificados sin causa justificada.

ABA Abogadas pudo demostrar, como sostenía la madre del menor, que el padre disponía de rentas más que suficientes para continuar abonando el recibo del colegio y la pensión de alimentos inicialmente pactada.