Con fecha 29 de mayo de 2012 la Audiencia Provincial de Madrid dictó una sentencia por la que se acuerda la extinción de las pensiones de los hijos mayores de edad.

El motivo es que la hija mayor se encuentra incorporada al mercado laboral y el hijo menor, a pesar de que en la actualidad se encuentra estudiando una carrera, tras haber estado trabajando durante un periodo, el Tribunal considera que el hijo está plenamente capacitado para realizar trabajos con cuyo producto poder atender sus necesidades.

ABA Abogadas demostró que  los hijos mayores de edad eran independientes económicamente, de modo que el tribunal consideró extinguir las pensiones de alimentos y otorga el uso del inmueble a los ex esposos, en periodos de seis meses alternos hasta la liquidación de la sociedad legal de gananciales.