La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de fecha 14/03/2017, haciendo suyos los argumentos de ABA Abogadas, estima la petición para que se incluya, como parte del pasivo de la sociedad de gananciales, una deuda frente a nuestro cliente. El importe de esta deuda alcanza la totalidad de una herencia ingresada por nuestro cliente en una cuenta ganancial y empleada en el levantamiento de cargas familiares.