El Juzgado de 1º instancia nº 75 de Madrid dictó sentencia el 25 de febrero de 2014 en la que se desestima la fijación de una pensión compensatoria solicitada por la esposa, que llevaba 30 años sin trabajar y que tenía una capacidad económica muy inferior a la de su marido.

Aba Abogadas logró que se desestimaran sus pretensiones acreditando que la liquidación del régimen de gananciales efectuado con anterioridad conseguía paliar cualquier tipo de desequilibrio existente entre ambos. También se demostró que la esposa estuvo casi un año sin reclamar pensión alguna a su marido, hecho valorado por el Juzgador en su sentencia al disponer que “no consta que su forma de vida se vea alterada por la ruptura matrimonial”.