En fecha 26.03.2018 se dicta Sentencia por el JPI nº 101 Bis de Madrid por medio de la cual se estima la demanda interpuesta por Aba Abogadas, declarando la nulidad de la cláusula multidivisa de una hipoteca, declarando la subsistencia del contrato como si el mismo se hubiese otorgado en euros, obligando a la entidad condenada a recalcular el cuadro de amortización. En lo que se refiere a los gastos hipotecarios, se estima que el Banco restituya a los demandantes la mitad del gasto de Notaría y Registro y el importe íntegro de Gestoría y Tasación, con los intereses legales desde la fecha en que fueron satisfechos los mismos, con expresa condena en costas.