En fecha 23.07.2018 se dicta Auto por el Juzgado de Primera Instancia nº 22 de Madrid por medio del cual se desestima la demanda interpuesta contra la cliente de Aba Abogadas y se estima la oposición presentada por este despacho, atribuyéndose a la madre la facultad de decidir el centro escolar en que debe ser escolarizada la hija común de los litigantes para el curso 2018/2019, al no haber acreditado el demandante que exista motivo alguno para el cambio de colegio pretendido, estando la menor perfectamente integrada y adaptada en el centro y contando el padre con medios económicos suficientes para abonar la mitad de los gastos escolares a cuyo pago viene obligado por resolución judicial.