El 1.3.2017, el Juzgado de Primera Instancia nº 23 de Madrid dictó Auto de medidas provisionales estimando las pretensiones de la madre, representada por ABA Abogadas, en el que se fijaron a favor del padre unas visitas restringidas. Y ello, al haber quedado probado -como alegó la madre- que la relación del padre con el hijo común había sido muy escasa, hasta el punto de que padre e hijo no habían pernoctado nunca a solas.

Asimismo, se fijó una pensión de alimentos de 550 € mensuales, habiéndose probado igualmente que el padre llevaba meses sin aportar cantidad alguna de alimentos.