Un Juzgado de Primera Instancia de Madrid ha desestimado la petición realizada por uno de los excónyuges frente al otro, donde solicitaba una indemnización de 49.898 € más intereses, cantidad que solicitaba fuera incrementada mensualmente en 818 € hasta que se atribuye el uso alternativo de la vivienda ganancial.

El Magistrado siguiendo los argumentos esgrimidos por la representación de la exesposa, entendió que no quedó acreditado que la exesposa hubiera impedido al otro la entrada del inmueble, ni que existiera un uso exclusivo y excluyente de la vivienda, sino que más bien, no había existido acuerdo entre ambos sobre el uso de esta. La sentencia procede a establecer usos alternos por trimestres al tratarse de una vivienda ganancial de recreo.

Mariluz García, asociada en ABA Abogadas