La sentencia de 26 de octubre de 2017 del Juzgado de Primera Instancia nº51 de Madrid, haciendo suyos los argumentos de ABA Abogadas, desestima la solicitud de daños y perjuicios de una comunidad de propietarios frente al que fuera su presidente, por la suscripción de un contrato de arrendamiento de servicios con un arquitecto en nombre de la citada comunidad quien, tras nombrar nuevo presidente, se negó a pagar sus honorarios hasta que fue obligada a hacerlo por sentencia.

Y ello, por entender fundamentalmente que la suscripción del citado contrato sólo era la formalización por escrito de un encargo efectuado por la junta de propietarios seis meses antes cuando el demandado ni siquiera era presidente