El pasado 3 de marzo de 2023 el Juzgado de Primera Instancia de Coslada ha dictado Auto en procedimiento de ejecución forzosa imponiendo multas coercitivas de 100 por cada semana que la madre impidiera el cumplimiento del régimen de visitas a favor del padre en el Punto de Encuentro. 

El procedimiento de ejecución fue iniciado por el padre por los reiterados incumplimientos por de la madre con relación al régimen de visitas a favor del padre. La madre se opuso a la ejecución y ampliación que fueron desestimadas, acordándose que el régimen de visitas se efectuara en un Punto de Encuentro con la finalidad de lograr un acercamiento inicial entre padre e hija gracias a la intermediación de dichos profesionales y así lograr posteriormente un adecuado desarrollo de unas visitas ya normalizadas, tal y como se establecieron en la sentencia que dio origen a esta ejecución.

Incumplimiento en el régimen de visitas

Tras iniciarse las visitas tuteladas en el Punto de Encuentro, ninguna de las programadas ha podido producirse, ya que la progenitora materna no ha prestado la más mínima colaboración en el proceso de entrada de la menor en dichas visitas. De hecho, sostiene que no puede ser responsable de que el resultado de las visitas no sea el esperado, alegando no poder forzar a la menor a que entre a realizar las visitas tuteladas y que no es responsable de la negativa de la menor. 

En el citado Auto, indica el Magistrado que la actitud de la madre debe ser la de favorecer un clima adecuado a las mismas que permita que la menor (que aún no tiene capacidad para tomar decisiones por sí misma) se muestre cada vez más proclive a ver a su padre o, al menos, a entrar en la sala para que los profesionales puedan analizar cual o cuales pueden ser los motivos de la supuesta negativa de la menor.

Conclusión

Concluye el auto que la falta de colaboración de la ejecutada en la creación de tal clima adecuado y acogedor provoca la imposición de multas coercitivas a la madre, así como el apercibimiento de incurrir en posibles responsabilidades penales para el supuesto de que no cumpliera con lo acordado.

Mariluz García, asociada en ABA Abogadas