Es en estas fechas cuando llegan a nuestro despacho consultas como: “¿qué ocurre si estoy de baja por enfermedad común o por accidente de trabajo y coincide mi periodo de baja con el disfrute del periodo de vacaciones, o si me dan el alta finalizado el año natural? ¿Pierdo estos días de vacaciones? ¿O bien tengo derecho a disfrutarlas cuando me den el alta médica ese mismo año o al año siguiente?” Desde ABA Abogadas, la letrada Maria Luz García nos aclara lo que dice la ley al respecto.