El Juzgador argumenta en la sentencia que existen serias dudas sobre si los hechos se sucedieron como narró la madre. Considerando que en realidad el acusado reprendió a sus hijos en el marco del ius corrigendi propio de los padres. Y ello, sin incurrir en un exceso que permita la subsunción bajo el tipo penal pretendido de lesiones en el ámbito familiar.