La Audiencia Provincial de Madrid (Sección Vigésimocuarta) en su Sentencia de fecha 25 de septiembre de 2014 estima el recurso de apelación interpuesto por ABA ABOGADAS y, entre en otras pretensiones, falla a favor de no limitar temporalmente la pensión compensatoria establecida a nuestra representada.

ABA Abogadas argumentó que la mujer, mayor de 45 años, y cuidadora del hijo común con minusvalía, requiere atención 24 horas al día, por lo que ello impedía el acceso al mercado laboral . Por ello, en base a la dedicación pasada y futura, era acreedora de una pensión compensatoria ilimitada en el tiempo, añadiendo que de no encontrarse la esposa a disposición del cuidado del hijo enfermo, se generaría un gasto elevado de personal externo que atendiera al menor en sustitución de la madre.

Con esta sentencia se revoca el pronunciamiento emitido por el Juzgado de 1º Instancia nº 2 de Majadahonda en el que limitada a 10 años la pensión establecida a favor de la esposa.