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Mantenimiento de la guarda y custodia a favor de la madre al contar el padre con horarios laborales muy dilatados

El Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Alcobendas, en sentencia de divorcio de fecha 20 de diciembre de 2018 y siguiendo los argumentos esgrimidos por ABA Abogadas, acuerda mantener la guarda y custodia de los hijos a favor de la madre y desestimar la petición de guarda y custodia compartida realizada por el padre.Y ello, al entender que, si bien el padre ha solicitado flexibilización en el horario laboral pudiendo trabajar dos días desde casa, lo cierto es que su horario se suele dilatar hasta bien entrada la tarde, teniendo que verse auxiliado en su caso por cuidadoras externas, mientras que la madre finaliza su jornada laboral a las 15,30 horas, lo cual le permite compatibilizar vida laboral con el cuidado de sus hijos.

Obligación de restituir a una menor a México, por considerar que se ha producido una sustracción internacional de menores

El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Pontevedra considera acreditado que la madre llevó a cabo un traslado ilícito de la niña desde su residencia en México, sin haber contado con el consentimiento del padre y sin concurrir ninguna causa que justifique que la menor se quede en España. De esta forma, acuerda la restitución de la menor a México, conforme a lo regulado en el Convenio de La Haya de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores.

Se concede la atribución de la patria potestad en exclusiva a la madre para decidir el cambio de domicilio de Madrid a otra localidad y el cambio de centro escolar

En fecha 22.01.2019 se dicta Auto por el Juzgado de Primera Instancia nº 22 de Madrid por medio del cual se estima la demanda interpuesta por Aba Abogadas y se desestima la oposición presentada de adverso, atribuyéndose a la madre la facultad de decidir el cambio de domicilio de Madrid a otra localidad y el cambio de centro escolar, al encontrarse motivado por un previo procedimiento de ejecución hipotecaria que terminó con la dación en pago del que era el domicilio familiar.

Se reduce una pensión compensatoria con efectos retroactivos a la fecha en que el obligado al pago accedió a la jubilación, debiendo actualizarse en función del índice de actualización de las pensiones públicas

El Juzgado de Primera Instancia nº 24 de Madrid, en Sentencia de fecha 26 de diciembre de 2018, haciendo suyos los argumentos de ABA Abogadas, ha reducido la pensión compensatoria en un 55% como consecuencia de la reducción de ingresos del pagador tras jubilarse. Asimismo, estima como fecha de efectos la del día en que dicha situación se produjo (y no la de interposición de la demanda o fecha de sentencia), considerando que la pensión debe actualizarse no conforme al IPC, sino respecto del índice de actualización de las pensiones públicas, que generalmente es inferior, a fin de evitar que con el paso de los años el pagador fuese perdiendo poder adquisitivo.

La razón de la existencia de ABA Abogadas es dar soluciones a los conflictos de las familias.

Servimos a los clientes ayudando a resolver cuestiones que afectan a las familias buscando el escenario futuro más feliz dentro de cada realidad, aportando representación legal altamente cualificada, ética y comprometida.

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