Convocadas las partes a la comparecencia de medidas provisionales el día 9.04.2024 por parte del Fiscal y el Juez del Juzgado de Violencia que conocía el tema se instó a las partes a llegar a un acuerdo de guarda y custodia en exclusiva para la madre, representada por este despacho.
La pretensión del demandado era ostentar una guarda y custodia compartida, sin embargo, estando pendiente de resolver por la Audiencia Provincial un recurso de apelación interpuesto contra el archivo del procedimiento penal instado en contra del padre, el Juez y el Fiscal estimaron que, pese a estar archivado el procedimiento penal, al haber un recurso pendiente de ser resuelto, no cabía una custodia compartida.