El pasado 11 de abril de 2024, el Juzgado de Majadahonda dictó un Auto de medidas provisionales en el que se estableció la custodia compartida de los hijos menores, siguiendo el deseo expresado por estos. Además, se implementó el régimen de «casa nido», lo que implica que el domicilio familiar será utilizado por ambos progenitores en los periodos que les corresponda estar con los hijos.

El Juez, tras valorar la situación económica de ambos progenitores, decidió imponer al padre ciertas obligaciones económicas, conforme a lo solicitado por nuestro despacho en defensa de los intereses de la madre. Las cargas económicas asignadas al padre son las siguientes:

  1. Pensión de alimentos: El padre deberá abonar una pensión de alimentos de 150 € por hijo a la madre, para que esta pueda cubrir los gastos de alimentación y vestimenta de los niños durante el tiempo que estén bajo su cuidado.
  2. Gastos escolares: El padre asumirá todos los gastos escolares de los tres hijos, incluyendo conceptos como ruta, comedor, y cualquier otro relacionado.
  3. Gastos comunes de los hijos: El padre se hará cargo de cualquier gasto común de los hijos.
  4. Suministros del hogar: Todos los suministros de la vivienda, incluso durante los periodos en los que la madre resida en el domicilio familiar, serán cubiertos por el padre.
  5. Hipoteca y otros gastos de la vivienda: El padre deberá abonar los gastos de hipoteca, comunidad de propietarios, impuestos, derramas extraordinarias, y cualquier préstamo personal del matrimonio.
  6. Pensión de alimentos para la esposa: Además, el padre deberá abonar una pensión de alimentos en favor de la esposa por un importe de 300 € mensuales.

Este fallo judicial resalta la importancia de equilibrar las cargas económicas entre ambos progenitores para asegurar el bienestar de los hijos en un régimen de custodia compartida.