La Audiencia Provincial ha admitido el recurso de apelación interpuesto por Aba Abogadas contra el Auto dictado en Instrucción que estimaba la existencia de suficientes indicios de criminalidad contra nuestro cliente, lo que justificaba la continuación del procedimiento penal en su contra.

Cambiar la cerradura en una vivienda compartida

El investigado, separado de hecho de su esposa, había salido del domicilio familiar y se había mudado a residir a una casa de recreo que ambos tenían en propiedad y personada en la misma la que todavía era su mujer, denunció el cambio de cerradura y no poder acceder a dicho inmueble.

El Juzgado de Instrucción consideró que existían suficientes indicios como para que el procedimiento siguiera adelante y se dilucidara la culpabilidad del investigado en un juicio oral. Este despacho discrepaba de dicha consideración y por esa razón recurrió la mencionada decisión, solicitando el archivo y sobreseimiento del procedimiento sin más trámites por considerar que los hechos eran atípicos y por tanto no constituían ninguna infracción penal.

En efecto, la Audiencia Provincial considera que una vez cesada la relación y habiendo establecido el esposo su domicilio en la casa de recreo según consta en la hoja del censo, el mismo tiene en este momento la posesión de hecho de la vivienda y la misma es su morada por lo que el cambio de cerradura no sería constitutivo de ilícito penal porque la relación entre las partes cesó y cada uno de ellos estableció su domicilio, sin que la denunciante pueda invadir la intimidad del investigado cuando lo considere conveniente porque ya no mantiene la relación con este.

Lara Sánchez, asociada en Aba Abogadas