El Juzgado de Primera Instancia nº 101 Bis de Madrid dicta sentencia, con fecha de 30/11/2020, estimando la demanda interpuesta por Aba Abogadas. Pese a haberse allanado la entidad bancaria demandada a las pretensiones de esta parte con anterioridad a contestarla, por lo que, por regla general, no procedería la imposición de costas, el Juzgado aprecia mala fe del demandado.
Todo ello, asumiendo los argumentos de Aba Abogadas, que esgrimió que, con carácter previo a la interposición de la misma, dirigió reclamación extrajudicial a la demandada.