En su sentencia de 1 de abril de 2015 el Juzgado de Primera Instancia nº45 de Madrid, estima la demanda por la que se solicita el cumplimiento de un convenio regulador no ratificado judicialmente.
La sentencia, acogiendo los argumentos de ABA Abogadas, estima la petición efectuada por esta parte a fin de que la progenitora no custodia abonase la pensión de alimentos devengada durante el tiempo transcurrido entre la suscripción del convenio regulador y la sentencia de divorcio contencioso, dictada tras la negativa de la primera a ratificar el citado convenio regulador.