El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Leganés en sentencia de divorcio de 29 de diciembre de 2020, ha denegado la custodia compartida por períodos mensuales solicitada por el padre.
El juzgado admitiendo los argumentos esgrimidos por este Despacho atribuyó la guarda y custodia de los hijos a favor de la madre fijando un régimen de visitas a favor del padre.
A través del informe psicosocial quedó acreditado que los menores expresaron dificultades en la relación con el progenitor paterno y que había sido la madre quien desde el nacimiento había ejercido los cuidados y atenciones de los hijos, siendo la cuidadora principal, habiendo adaptado su horario laboral a las necesidades de los hijos.