El Juzgado de Primera Instancia nº59 de Madrid dicta sentencia, con de 8 de junio de 2020, por la que se desestima la demanda interpuesta en reclamación de cantidad por enriquecimiento injusto por cuantías relativas a los importes pagados por el demandante por las obras realizadas para la rehabilitación y mejora de un inmueble propiedad de la demandada, mientras ambos eran pareja.
La resolución hace suyos los argumentos esgrimidos por Aba Abogadas en representación de la demandada, por cuanto las disposiciones realizadas y obras ejecutadas se hicieron con consentimiento y aceptación del demandante en el ámbito de una convivencia caracterizada por una comunidad de vida y con existencia de un hijo menor común.