El auto, acogiendo los argumentos de ABA Abogadas, confirma la sentencia y desestima la medida solicitada por la otra parte consistente en el embargo preventivo de dos bienes inmuebles, y el 20% de los ingresos mensuales de los demandados. Y ello, tras quedar acreditado que no existía riesgo alguno de que, en caso de condena en el procedimiento principal, los demandados dejasen de pagar la cuantía a la que pudieran ser condenados.
En auto de 1 de febrero de 2017 la Audiencia Provincial de Madrid desestima el recurso interpuesto de contrario embargo, con expresa condena en costas
por Rosa López | Abr 4, 2017 | Casos de éxito, Familia | 0 Comentarios