La Sentencia de fecha 2 de octubre de 2015, dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, estima íntegramente el recurso de apelación interpuesto por ABA Abogadas frente a la Sentencia de Primera Instancia, que había excluido del inventario de la Sociedad de Gananciales, una partida del activo de más de un millón de euros.
Dicha Sentencia acuerda incluir como parte del activo de la referida Sociedad, los beneficios obtenidos por unas acciones que habían sido adquiridas por el matrimonio con anterioridad a otorgar capitulaciones matrimoniales y modificar su régimen económico por el de Separación de Bienes, de cuyos rendimientos se había apropiado en exclusiva el esposo hasta la actualidad.