Con fecha 3.3.216, el Juzgado de lo Social nº 5 de Madrid ha declarado la improcedencia del despido de un trabajador que era miembro del Comité de Empresa.

La empresa, en este caso un Ayuntamiento, despidió a un trabajador alegando que había agredido a otro miembro del Comité de empresa en una reunión.

El Juzgado de lo Social, haciendo suyas las alegaciones expuestas por ABA Abogadas, declaró improcedente el despido, al entender que se trató de una riña entre representantes sindicales en el que ambos trabajadores se intercambiaron faltas de respeto, gestos bruscos y violentos, pero en la que no hubo ninguna agresión.