La vacunación en España contra la Covid-19, a octubre de 2021, roza el 78% de población con pauta completa. No obstante, son muchas las personas que todavía se muestran reacias a vacunarse y a las que les pueden surgir dudas respecto de las consecuencias que su negativa puede conllevar a nivel profesional.

Estos son los cinco puntos clave a tener en cuenta si eres trabajador y todavía no te has vacunado o no quieres vacunarte.

1. La vacunación en España es voluntaria.

Al igual que ocurre con el resto de vacunas, en España someterse a las mismas sigue siendo voluntario a día de hoy. Por lo tanto, la vacuna contra la Covid-19 es voluntaria.

2. ¿Puede la empresa obligar a vacunarme?

No. Ni la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, ni el Estatuto de los Trabajadores ni la Ley de Prevención de Riesgos Laborales prevén a día de hoy que ninguna empresa pueda obligar a sus trabajadores a someterse a ninguna vacuna.

Únicamente aparece recogida la vacunación en el ámbito laboral en el artículo 8.3 del Real Decreto 664/1997, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos, que se aplica estrictamente a colectivos del sector biosanitario (médicos, enfermeros, etc), y en el que se indica “Cuando exista riesgo por exposición a agentes biológicos para los que haya vacunas eficaces, éstas deberán ponerse a disposición de los trabajadores, informándoles de las ventajas e inconvenientes de la vacunación”.

Es decir, que es obligación de la empresa ofrecer dichas vacunas, pero la decisión de vacunarse o no la adopta el trabajador, de forma voluntaria.

Obligar a alguien a vacunarse, según nuestra normativa actual, entraría en colisión con el derecho a la integridad física y la intimidad, ambos derechos fundamentales recogidos en los artículos 15 y 18 de la Constitución, así como al reciente derecho reconocido en la Ley Básica reguladora de la autonomía del paciente, de negarse a un tratamiento, bajo el principio del consentimiento informado, que en este caso, sería la propia vacuna.

No obstante, estos derechos podrían entrar en colisión con el deber que tiene la empresa de garantizar la salud y la seguridad del resto de sus trabajadores y clientes. Motivo, por el que empresas como United Airlines, y varias compañías aéreas más, han anunciado que adoptarán medidas disciplinarias contra aquellos trabajadores que se nieguen a vacunarse.

3. ¿Puede la empresa despedirme o sancionarme por negar a vacunarme?

La negativa a vacunarse, mientras continúe siendo algo voluntario para las personas, no puede considerarse causa justa para despedir o sancionar a un trabajador.

Ahora bien, si la empresa sanciona o despide al trabajador por su negativa a vacunarse, éste deberá ser declarado improcedente o nulo, por la vulneración de derechos fundamentales, por parte del Juzgado de lo Social, con las consecuencias económicas que ello conlleva.

4. ¿Pueden preguntarme en una entrevista de trabajo si estoy vacunado?

No. Al igual que no se debería preguntar a una mujer si está embarazada o tiene planes de quedarse embarazada a corto o largo plazo, o cualquier otro tipo de preguntas que afecten a su ámbito personal, tampoco se debería preguntar en una entrevista de trabajo si la persona está o no vacunada.

5. ¿Pueden establecer como requisito para acceder a un puesto de trabajo estar vacunado?

No. El artículo 14 de la Constitución establece el derecho fundamental a no ser discriminado por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Por tanto, contratar o no contratar a alguien no debería basarse en si está o no vacunado, puesto que ello sería discriminatorio, y supondría una infracción muy grave para la empresa, de conformidad con lo establecido en el artículo 16.1.c) de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.