El Juzgado de 1º instancia nº 22 de Madrid, dictó Auto el 23.1.18 en el que se establecía que la hija común, que se encuentra incapacitada legalmente, se relacionara con su padre como ella desease.
El Auto se hizo eco de las peticiones de esta parte, en contra de los argumentos de la parte contraria, que solicitaba que no se modificara el régimen de visitas establecido en la Sentencia de divorcio.