A través del Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo, se introdujo la posibilidad de que las empleadas de hogar percibieran un subsidio hasta la finalización del estado de alarma cuando hubieran dejado de prestar servicios total o parcialmente con carácter temporal o su contrato de trabajo se hubiera visto extinguido.
Sin embargo, se difería al plazo máximo de un mes, el procedimiento para la tramitación de solicitudes. Procedimiento que ha quedado establecido mediante Resolución de 30 de abril de 2020 del Servicio Público de Empleo Estatal que ha sido publicado con fecha 4 de mayo de 2020.
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