La plaza 19 del Tribunal de Instancia, Sección de lo Social de Madrid ha dictado sentencia estimando íntegramente la demanda interpuesta por Aba Abogadas contra el INSS y la TGSS, declarando a nuestra clienta, de tan solo 45 años de edad, en situación de Incapacidad Permanente Absoluta, y reconociendo su derecho a percibir una pensión vitalicia correspondiente al 100% de su base reguladora con efectos económicos retroactivos desde la fecha en la que fue inicialmente denegada.

La demandante, que ejercía como administrativa de oficina, padecía una pluripatología crónica y severa que incluía síndrome de fatiga crónica, fibromialgia severa, migraña crónica y síndrome de piernas inquietas. A pesar de que el propio EVI reconoció en su informe médico de síntesis las graves limitaciones funcionales que presentaba para tareas de esfuerzo intelectual, concentración y estrés, el INSS desestimó inicialmente la prestación alegando que las lesiones no alcanzaban un grado suficiente para constituir una incapacidad permanente.

La resolución acoge todos los argumentos expuestos por la representación letrada y concluye que la combinación de dolencias físicas y psíquicas anula por completo la capacidad laboral de la trabajadora, impidiéndole el desempeño de cualquier profesión u oficio en el mercado de trabajo —incluso de tipo liviano o sedentario— al no poder mantener las exigencias mínimas de continuidad, rendimiento y eficacia.