El Juzgado de primera Instancia nº 15 de Madrid ha dictado sentencia con fecha 4/07/2017 por medio de la cual se estima la demanda interpuesta por la cliente de ABA Abogadas, en reclamación de un reconocimiento de deuda privado por la cantidad de 40.000 euros, al entender que los términos del documento son claros y la deuda sobre los conceptos de la deuda no son óbice para considerar la deuda cierta. La estimación de la demanda conlleva la condena en costas.
Se estima que el reconocimiento de deuda es exigible a pesar de que la causa del mismo no era fácilmente acreditable
por ABA Abogadas | Sep 26, 2017 | Casos de éxito, Civil | 0 Comentarios