El Juzgado de lo Penal de Madrid en el que recayó el asunto dictó Sentencia de conformidad por medio de la cual el acusado voluntariamente se declaró responsable de un delito de maltrato habitual físico y psíquico y un delito de maltrato de obra por los cuales se le condenó a la pena de SEIS MESES de PRISIÓN y orden de alejamiento de la víctima por tiempo de UN AÑO Y SEIS MESES por el primero de los delitos. Por el segundo de los delitos se le condenó a la pena de 56 días de trabajo en beneficio de la comunidad y orden de alejamiento por tiempo de SEIS MESES, así como al pago de una indemnización por daños y perjuicios de 3.000 € y a las costas causadas.

A lo largo de toda la instrucción este despacho desplegó tal actividad probatoria (cotejo de mensajes, audios, grabaciones, testificales, periciales, documental pública y privada) que el acusado estaba en una situación tan comprometida que se vio obligado a declararse culpable antes de la celebración del juicio para, de esa manera, ser condenado a una tercera parte de las penas que solicitaba el Ministerio Fiscal en su escrito de acusación. Esto deja en evidencia lo importante que es ejercer una buena línea acusatoria desde el principio de la instrucción, de la que dependerá sin duda el éxito del asunto en el juicio oral. 

Lara Sánchez, asociada de ABA Abogadas