En fecha 27.09.2019 se dicta Auto por la Audiencia Provincial de Madrid en el que se estima el recurso de apelación interpuesto por ABA Abogadas contra Auto que desestima la oposición formulada en un procedimiento de ejecución hipotecaria. En los mencionados autos se dio por vencido el préstamo hipotecario con posterioridad a la reforma llevada a cabo por la Ley 1/2013 por el impago de 5 cuotas. La Audiencia estima que el Banco declaró vencido anticipadamente el préstamo sin que se hubieran impagado un número de plazos que permitieran entender que existía un incumplimiento grave por parte del prestatario en interpretación de las últimas Sentencias del Tribunal Supremo, por lo que se estima la oposición interpuesta por esta parte y en consecuencia se declara la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado y por tanto el sobreseimiento del proceso.
Se declara nula la cláusula de vencimiento anticipado de una hipoteca y se acuerda el sobreseimiento del procedimiento de ejecución hipotecaria
por Lara Sánchez | Sep 28, 2019 | Casos de éxito | 0 Comentarios