En Auto de fecha 30.06.2021, dictado por el Juzgado de Violencia Sobre la Mujer nº 10 de Madrid, se desestima la custodia compartida de dos menores de edad solicitada por el padre en sede de medidas provisionales de un procedimiento de modificación de medidas.
Ostentando la madre la guarda y custodia en exclusiva de las dos hijas comunes, el progenitor paterno presenta una modificación de medidas solicitando la custodia compartida de sus hijas en base a que estaba cumpliendo fielmente el Régimen de Visitas, y desea disfrutar más tiempo con sus hijas, en que está casado, tiene mayor estabilidad y que tiene la Guarda y Custodia compartida de un hijo de otra relación.
ABA Abogadas se opuso a dicha solicitud ya que ninguna de las circunstancias alegadas puede ser justificación de la modificación de medidas que se solicita.
El Juzgador hace propios los argumentos de Aba Abogadas y desestima la demanda por considerar que no se han acreditado dichas supuestas variaciones sustanciales, al tratarse de circunstancias que han ocurrido antes del dictado de la anterior Sentencia y por depender únicamente de la voluntad de quien las alega, por lo que no se cumplen con los requisitos exigidos Jurisprudencialmente, es decir, que sea verdaderamente trascendente, permanente, imprevista por las partes y no imputable a la simple voluntad de quien la insta.