El Juzgado de Primera Instancia n.º 80 de Madrid dictó sentencia con fecha 19 de junio de 2015 en un procedimiento de medidas paternofiliales, en la  que mantuvo la guarda y custodia compartida por semanas que desde la separación de hecho venían ejerciendo los progenitores de manera voluntaria.

La madre solicitó que le fuera atribuida la guarda y custodia de la menor con el fin de trasladar su residencia fuera de Madrid.

Sin embargo, y gracias a ABA Abogadas, la sentencia determinó que si la madre decidía fijar su residencia fuera de Madrid, la menor quedaría bajo la custodia paterna, fijando para la madre un régimen de visitas de viernes a domingo y una tarde a la semana debiendo la madre preavisar al padre con al menor 24 horas de antelación cuando fuera a recoger a la menor dicha tarde.

ABA Abogadas consiguió que la menor no tuviera que cambiar su organización vital y su entorno familiar, al entender que el cambio de domicilio suponía para la menor un esfuerzo de adaptación y que se trataba de una decisión unilateral de la madre que en ningún caso podría repercutir en la menor.