Un Juzgado de Familia de Madrid ha desestimado la oposición a la ejecución y sucesivas ampliaciones por el impago del 50% la cuota hipoteca que grava el domicilio familiar.

Impago de la cuota hipotecaria

La exesposa tuvo que formular demanda ejecutiva por el impago del 50% de la cuota hipotecaria, demanda a la que se opuso el ejecutado, alegando un exceso de pago por su parte y afirmando que la hipoteca estaba a cargo exclusivo de la exesposa, ya que en el cuaderno particional de la liquidación de la sociedad de gananciales se le había adjudicado a la esposa el inmueble y el préstamo hipotecario. Hay que precisar que dicho cuaderno particional no es firme, estando impugnado y pendiente de modificación.

El Magistrado de Instancia siguiendo los argumentos esgrimidos por esta parte, desestimó la oposición a la ejecución, afirmando que no constaba que las operaciones de adjudicación hubieran sido aprobadas y mientras tanto no podía afirmarse que el inmueble y la cuota hipotecaria fueran de la titularidad de la ejecutante ni responsabilidad exclusiva de ella.

A pesar de lo anterior, el exesposo siguió incumpliendo su obligación de abonar el 50% de la cuota hipotecaria, provocando sucesivas ampliaciones a la demanda ejecutiva, que igualmente han sido desestimadas.

En la última ampliación resuelta recientemente, el ejecutado ha alegado un nuevo motivo de oposición, afirmando que la ejecutante no tiene legitimación para reclamar el 50% de la cuota hipotecaria, puesto que no es ella quien asume el pago. En este sentido, muy acertadamente el Magistrado indica que poco importa que parte de los importes cuya reclamación se hacen por la exesposa hayan sido satisfechos por personas de su familia o entorno, puesto que lo relevante es que el ejecutado no ha pagado, desestimando por cuarta vez la oposición a la ampliación.