El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación interpuesto contra la Sentencia de la Audiencia Provincial de Toledo en la cual se concedía en favor de la cliente de Aba Abogadas una pensión compensatoria de 1.300 € mensuales hasta que se liquidara la sociedad legal de gananciales por sentencia firme.
El Tribunal Supremo inadmite el recurso de casación
La Sala, acogiendo las alegaciones de este despacho, inadmitió el recurso interpuesto al no cumplir los requisitos de admisibilidad y en concreto el relativo a la falta de interés casacional, es decir, al no oponerse la resolución recurrida a la doctrina jurisprudencial fijada por el Tribunal Supremo en sus sentencias.
De la misma manera, también se inadmitió por la imposibilidad de revisar en casación las conclusiones alcanzadas por el tribunal de apelación relativas a la procedencia, cuantía y límite de la pensión compensatoria, salvo que éstas hubieran incurrido en falta de lógica o irracionalidad, lo que no acontece en el supuesto enjuiciado, por lo que la resolución debe confirmarse íntegramente. Todo ello con imposición de costas al recurrente.