El pasado mes de octubre de 2024, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Valdemoro, dictó Sentencia estimando íntegramente la demanda de modificación de medidas, con extinción de la pensión de alimentos, interpuesta por ABA Abogadas en el mes de julio de 2022.
En dicha demanda, se solicitó la extinción de la pensión de alimentos de la hija mayor de edad -que había sido fijada judicialmente en 2014 cuando todavía era menor-, por falta de relación con el progenitor paterno y por presumir -dada la falta de información por parte de la hija y de la madre- que había finalizado sus estudios y accedido al mercado laboral.
ABA Abogadas solicitó el informe de averiguación patrimonial, así como oficios al Ministerio y a la Consejería de Educación, que acreditaron que la hija había comenzado a trabajar en 2022 y dejado sus estudios en 2018. La defensa de la hija se centró en afirmar que los contratos eran esporádicos y poco remunerados, y que continuaba residiendo en compañía de la madre. No obstante, la sentencia recoge todos los argumentos de nuestra demanda, y acuerda extinguir la pensión de alimentos con efectos retroactivos desde la fecha de interposición de la misma, es decir, desde el mes de julio de 2022.