Con fecha 14 de noviembre de 2014, el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Colmenar Viejo dictó Auto de medidas provisionales en el que se atribuyó al padre la guarda y custodia de la hija mayor de 15 años y un régimen de guarda y custodia compartida a favor de los otros dos hijos menores de 10 y 6 años.
El mencionado Auto recoge íntegramente los argumentos utilizados por ABA Abogadas, y expresamente, hace referencia respecto a la guarda y custodia de los hijos de 10 y 6 años a que la situación idónea para los menores es una relación igualitaria con ambos progenitores.