Con fecha 25 de Junio de 2013, el Juzgado de lo Social nº 3 de Badajoz ha dictado sentencia estimando la demanda formulada por un trabajador a quien la empresa le adeudaba cantidades en concepto de horas extraordinarias y kilometraje.

Gracias a la actuación de ABA Abogadas, la sentencia concluye que en el procedimiento de despido celebrado con anterioridad, quedó acreditado que dentro del salario que venia percibiendo el trabajador se incluían las horas extraordinarias realizadas habitualmente y que en su momento no fue negado por la empresa. Asimismo, quedó acreditado que el trabajador se desplazaba a diversas localidades por razón de su trabajo, sin que la empresa hubiese acreditado que le abonara ni las horas extraordinarias ni el kilometraje.