Mediante Sentencia dictada en fecha 17.02.2025 por un Juzgado de Familia de Madrid se desestima la demanda de modificación de medidas interpuesta contra la cliente de Aba Abogadas.
Las partes habían firmado en el año 2019 un convenio regulador por medio del cual pactaron una custodia compartida y la obligación del progenitor paterno de abonar a la madre una cuantía mensual en concepto de pensión de alimentos.
La demanda de modificación de medidas trataba de extinguir dicha pensión de alimentos que en su día se acordó para abonar los gastos de uso de la vivienda de la madre donde las menores conviven, gastos escolares y asistencia médica y solicitaba el pago de los gastos de los hijos al 50% entre los progenitores.
Justificaba su pretensión el padre en que esa contribución no era propiamente dicha una pensión alimenticia, sino que iba destinada a abonar gastos como la cuidadora que asistía a las menores para que los progenitores pudieran compatibilizar su trabajo con su cuidado, pero actualmente, las menores han cambiado de horarios, por lo que la labor de la cuidadora no es la asistencia a las menores, sino las tareas domésticas de la vivienda materna, lo que supone que ya no está destinada al cuidado de las hijas, debiendo desaparecer ese gasto al no tener sentido alguno actualmente.
Finalmente se desestima su solicitud por falta de prueba, al no acompañar con su demanda datos suficientes para poder efectuar la necesaria comparación entre la situación anterior y la actual. Por ello se concluye que el demandante, en su demanda, obvia aportar dato o prueba alguna que determine dónde reside la alteración sustancial en la que apoya su demanda, de forma que la ausencia de datos impide efectuar una comparativa necesaria para poder dar lugar a una modificación de medidas, dejando dichas situaciones en absoluta indefinición.
Así las cosas, dada la desestimación íntegra de la demanda, y según solicitó este despacho, se condenó al demandante a abonar las costas del procedimiento.