El 03/11/2016, el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Alcobendas, en procedimiento de modificación de medidas, desestimó la petición de guarda y custodia compartida instado por el padre, al entender que lo que pretendía era una modificación de nomenclatura en el régimen de visitas fijado (fines de semana alternos y dos tardes a la semana con pernocta) y que no existía ninguna modificación que justificara el cambio de régimen de custodia.

El Juzgado estimó la petición realizada por ABA Abogadas que representaba a la madre, al acordarse el levantamiento de la prohibición de salida del territorio nacional y expedición del pasaporte de la hija menor.