La sección nº11 de la Audiencia Provincial de Madrid, en su sentencia de 21 de septiembre de 2018, confirma la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº51 de Madrid, por la que desestima íntegramente la solicitud de condena de en torno a 150.000 euros en concepto de daños y perjuicios al que fuera su presidente.

La Audiencia Provincial ratifica nuevamente los argumentos esgrimidos por Aba Abogadas en primera instancia. Por un lado, sobre la existencia de cosa juzgada material respecto de otra sentencia en la que aludía a los mismos hechos en los que la comunidad basaba su pretensión. Y por otro, por haber quedado acreditado que la actuación del que fuera su presidente en ningún caso supuso perjuicio alguno para la comunidad.