El Juzgado nº 25 de Madrid en Auto dictado el 29 de enero de 2015 estableció un régimen de visitas entre el menor y su familia paterna,  después de  que su padre falleciera y de que su madre le impidiera cualquier tipo de contacto con su familia paterna,  de dos domingos mensuales y la posibilidad de comunicarse telefónicamente tres días semanales.

El Juez establece éste régimen de visitas de la familia paterna con el menor, solicitado por ABA Abogadas, argumentando la necesidad de que el menor se relacione  ellas porque, entre otras razones, el contacto con su abuela y con su tía le ayudaría a sobrellevar la fase de duelo.