El Juzgado de Instrucción nº 6 de Majadahonda ha dictado Sentencia de fecha 11.05.2022 por medio de la cual procede a la condena por un delito leve de amenazas en base a la calificación y acusación realizada por el despacho Aba Abogadas. 

En el transcurso de una discusión entre vecinos, el denunciado amenazó con el puño derecho al cliente de Aba Abogadas, abalanzándose sobre la valla medianera que separaba los patios, a escasa distancia del denunciante. Además, el denunciado amenazó con tirar igualmente una maceta, esta última propiedad del denunciante, lo que finalmente hizo, rompiéndola contra el suelo de la parcela de éste. 

Estos hechos que conformaban la denuncia interpuesta, son los que se tienen por probados por el Juzgador, quien resta toda credibilidad a la empleada de hogar que fue propuesta como testigo por el denunciado. Y ello debido a la relación laboral que tiene con la parte que la propone y a falta de espontaneidad en sus respuestas que demostró en la vista y que pudo ser apreciada por el Juzgador en base al principio de inmediación que le asiste. 

Es por ello que, al entender que la versión del denunciante cuenta con todos los elementos para ser considerada como prueba de cargo suficiente (verosímil, persistente, carente de incredibilidad subjetiva) al contar además con otro tipo de prueba aportada por esta parte (documental y testifical del hijo del denunciante), se procede a la condena a una pena de multa de 30 días a razón de 3 € al día por un delito leve de amenazas.