El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Colmenar Viejo dictó sentencia de fecha 20 de julio de 2020 desestimando la demanda de modificación de medidas instada por el padre en el procedimiento especial regulado en el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, a consecuencia del COVID.

En dicho procedimiento el padre pretendía una reducción de la pensión de alimentos de sus hijos, alegando que habían variado sustancialmente las circunstancias económicas de cónyuges y progenitores como consecuencia de la crisis sanitaria producida por el COVID.

El juzgado estimando los argumentos esgrimidos por ABA Abogadas entendió para que prosperara la petición del padre nos tendríamos que encontrar ante una alteración sustancial de cierta permanencia en el tiempo, cosa que no acontecía en el caso enjuiciado, porque los ingresos del padre se habían reducido únicamente de marzo a junio de 2020 por la crisis del COVID, pero tras ese período de tiempo el padre había vuelto a trabajar manteniendo su capacidad económica en los mismos términos que previos a la pandemia.